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Justicia retrasa en el último momento la subida de las tasas

El ministerio aplaza la aplicación de la medida "varias semanas" La Abogacía alertó a primera hora de la imposibilidad de pagarlas al no publicarse el correspondiente impreso

María Fabra
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en una imagen de archivo.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en una imagen de archivo.JuanJo Martín (EFE)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la ley en la que se aprueban las tasas judiciales, que quedan situadas entre los 100 y los 1.200 euros, para poder recurrir una resolución en los tribunales. La Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses iba a entrar en vigor mañana. Pero a última hora de la tarde, el subsecretario del Ministerio de Justicia, Juan Bravo, ha anunciado que ha decidido aplazar "varias semanas" la puesta en marcha de esta medida, hasta que el Ministerio de Hacienda publique la orden en la que se regulará el procedimiento de pago y se publiquen los impresos correspondientes.

Estas tasas supondrán la obligatoriedad del pago de hasta 1.200 euros por recursos de casación tanto en el ámbito civil como en el administrativo y para todos los ciudadanos, no solo para las grandes empresas, como ocurría hasta ahora.

Sin embargo, tal como está advirtiendo el Consejo General de la Abogacía a sus asociados, mañana no se iba a poder hacer efectivo el pago de la nueva norma ya que el ministerio no ha publicado el impreso oficial con el que se debe realizar el ingreso previo a la presentación de los trámites judiciales.

El preámbulo de la norma publicada hoy señala que "subsisten desajustes que justifican la adopción de una nueva normativa que permita profundizar en determinados aspectos". Y añade que la norma "pone todo el cuidado" en que la regulación de tasas judiciales en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social "no afecte al derecho a acceder a la justicia", tal como señala el preámbulo.

La diferencia básica de la nueva ley de tasas es que retira las exenciones que antes tenían las personas físicas en los ámbitos civil y contencioso, para las que las tasas son una novedad. Hasta ahora solo eran de aplicación para las empresas con ingresos superiores a los ocho millones de euros, para las que ahora ha habido un incremento. Ahora se aplicará a todos, excepto a los beneficiarios de justicia gratuita (turno de oficio). Además, es la primera vez que se imponen precios en la jurisdicción social.

El Ministerio de Justicia, que encabeza Alberto Ruiz-Gallardón, ha justificado la medida alegando un intento de paliar la saturación de los juzgados, además de contar con unos mayores recursos para mejorar la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita.

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Sin embargo, ha logrado poner de acuerdo a jueces y abogados, además de a usuarios, de los que ha recibido numerosas críticas, ya que consideran que, a partir de su aplicación, la justicia no será igual para los ricos que para los pobres. Las nuevas tasas se han interpretado también como un copago judicial.

Jueces para la Democracia, la Unión Progresista de Fiscales y el Sindicato de Secretarios Judiciales firmaron un manifiesto conjunto en el que exigían la retirada de la ley por la defensa del servicio público. El presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, se reunió ayer con representantes de la Comisión Interasociativa de Jueces y Fiscales, entidad integrada por las principales asociaciones de magistrados y fiscales, para aunar esfuerzos con el fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Tasas Judiciales, después de que la portavoz del PSOE, Soraya Rodríguez, anunciara que llevarán la norma al Constitucional, ya que consideran que vulnera la igualdad de los españoles y el acceso al derecho de tutela efectiva.

Comparativa con anteriores tasas

CIVIL
Verbal y cambiario: De 90 a 150 euros
Ordinario: De 150 a 300 euros
Monitorio y demanda incidental en el proceso concursal: De 50 a 100 euros
Ejecución extrajudicial. De 150 a 200 euros
Concurso necesario: De 150 a 200 euros
Apelación: De 300 a 800 euros
Casación y de Infracción procesal: De 600 a 1.200 euros
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Abreviado: De 120 a 200 euros
Ordinario: De 210 a 350 euros
Apelación: De 300 a 800 euros
Casación: de 600 a 1.200 euros
SOCIAL
Suplicación: De 0 a 500 euros
Casación: De 0 a 750 euros
* La variación se aplicará a las grandes empresas. Hasta ahora, las personas físicas estaban exentas del pago de estas tasas.

Las prisas del Gobierno por aprobar la norma toparon además con el plante de toda la oposición, que exigía más calma para estudiar bien las medidas.

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