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España, condenada por no investigar las torturas al director de ‘Egunkaria’

Otamendi será indemnizado con 24.000 euros por daños morales y gastos

Martxelo Otamendi sale de la Audiencia Nacional.
Martxelo Otamendi sale de la Audiencia Nacional. M. D. DE LEÓN

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha condenado a España por no investigar suficientemente la denuncia de torturas del entonces director del diario vasco Egunkaria, Martxelo Otamendi, tras su detención incomunicada ordenada por un juez de la Audiencia Nacional a raíz del cierre del periódico. El tribunal declara que el Estado español vulneró el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe el trato inhumano o degradante, y recuerda que la detención bajo régimen de incomunicación precisa de medidas de vigilancia jurisdiccional apropiadas para evitar abusos sobre la integridad de los detenidos.

El TEDH condena España a indemnizar a Otamendi con un total de 24.000 euros, 20.000 por daños morales y 4.000 por gastos del procedimiento. La sentencia es de una sala de siete jueces, por lo que hay un plazo de tres meses para recurrir ante la Gran Sala de 17 jueces y en caso contrario, será firme.

Martxelo Otamendi, entonces director de Egunkaria, fue detenido en la noche del 20 de febrero de 2003, en el marco de una investigación por su supuesta pertenencia y colaboración con ETA y permaneció incomunicado durante cinco días. En los días siguientes a su detención, Otamendi fue examinado en cuatro ocasiones por un forense. En sus informes, el médico relató que Otamendi se había quejado de haber tenido que permanecer de pie durante periodos prolongados, haber sido amenazado de torturas, haber recibido golpes intimidatorios en sus órganos genitales y otros malos tratos.

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Ante el juez de instrucción denunció que se le había impedido dormir, que le habían obligado a hacer flexiones durante dos horas, haber sufrido insultos homófobos y que había sido desvestido y obligado a adoptar una posición sexual. También denunció que le colocaron un objeto metálico sobre la sien que habría hecho un ruido semejante a una detonación de pistola y que le cubrieron la cabeza con una bolsa de plástico.

La denuncia de Otamendi por malos tratos durante su incomunicación sufrió diversas vicisitudes procesales hasta que una juez de instrucción de Plaza de Castilla ordenó comparecer al forense. Este declaró que había encontrado a Otamendi perfectamente consciente y orientado y sin signos aparentes de agotamiento. El forense añadió que el detenido siempre había rehusado dejarse examinar y aseguró que recogió textualmente en su informe las palabras del preso. También declaró que tuvo la impresión de que las alegaciones de malos tratos no se correspondían con lo que había visto.

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La denuncia de Otamendi fue archivada provisionalmente en 2004 y sus sucesivos recursos, rechazados. El Tribunal Constitucional no admitió a trámite su recurso de amparo. En abril de 2010, Otamendi y otros cuatro directivos de Egunkaria fueron absueltos de pertenecer a ETA.

El Tribunal de Estrasburgo observa que el primer juez de instrucción se mostró pasivo ante las sevicias denunciadas por Otamendi, y que sus demandas de ser escuchado en persona y de que declarasen los agentes de la Guardia Civil implicados y la persona que compartió la celda con él no fueron tenidas en consideración por otros jueces.

Estima el tribunal que las investigaciones llevadas a cabo no profundizaron suficientemente ni fueron efectivas para cumplir los requisitos el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Corte subraya que a pesar de la insistencia del recurrente de denunciar los malos tratos, la desestimación de su denuncia se produjo sobre la base de los informes médicos y la declaración del forense, sin que Otamendi fuera interrogado personalmente.

Para el TEDH, los medios de prueba suplementarios solicitados por Otamendi habrían podido contribuir al esclarecimiento de los hechos y en particular, el interrogatorio de los guardias encargados de su vigilancia.

Más genéricamente, el TEDH insiste en la importancia de adoptar las medidas recomendadas por el Comité Europeo de Prevención de la Tortura para mejorar la calidad del examen forense a las personas incomunicadas.

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