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La juez devuelve el caso de los 34 detenidos el 25-S a la Audiencia Nacional

Les considera posibles autores de un delito de invasión con fuerza o intimidación del Congreso La Audiencia ya rechazó hacerse cargo del caso tras recibir el atestado policial

La juez de instrucción de Plaza de Castilla que se ocupó del caso de los detenidos el 25-S durante las marchas celebradas en Madrid bajo el lema Rodea el Congreso ha devuelto el caso de 34 arrestados a la Audiencia Nacional. A pesar de que ese tribunal dijo el viernes que no era competente para juzgar esos hechos porque no se habían cometido delitos contra el Estado, la magistrada cree que sí y reenvía el asunto a la Audiencia. El auto puede ser recurrido por las partes. Los abogados de los arrestados estudian ahora el contenido de la resolución.

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La magistrada imputó el viernes a 34 detenidos, en un auto genérico para todos ellos, sin individualizar, delitos de “atentado, resistencia y contra las altas instituciones del Estado”. Los abogados han recurrido conjuntamente esta decisión judicial porque aseguran que durante las comparecencias la juez no hizo ninguna pregunta sobre si los arrestados pensaban asaltar el Congreso o impedir salir a los diputados o perturbar de alguna manera el orden en la Cámara, según informan los letrados Beatriz Monasterio y Raúl Maíllo. Los letrados esperaban que hoy se concretara la acusación específica para cada uno de ellos.

Pero la juez ha optado por una solución distinta: en los 34 casos se ha inhibido a favor de la Audiencia Nacional. Considera que sí hay indicios de delitos contra el Estado y que, además, el atestado policial es una ampliación de las diligencias abiertas en la Audiencia contra los promotores de la marcha, causa en manos del juez Santiago Pedraz en la que hay ocho imputados. Fuentes de la Audiencia Nacional indican que la semana pasada se declinó la competencia precisamente después de leer esas diligencias ampliatorias.

El delito del que la juez ve indicios de delitos es el recogido en el artículo 493 del Código Penal, que señala lo siguiente: “Los que, sin alzarse públicamente, invadieren con fuerza, violencia o intimidación las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, si están reunidos, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años”.

Nos gustaría saber quién ha añadido ese delito [contra las instituciones], porque no hay ni siquiera indicios
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Uno de los abogados defensores

“Ni de la lectura de derechos en la policía ni el juzgado, ni del atestado, ni tampoco de las preguntas realizadas por la juez y el fiscal se desprende que los detenidos puedan completar el tipo recogido en ese artículo”, señala Erlantz Ibarrondo, abogado de tres de los detenidos. “Nos gustaría saber quién es el que ha añadido ese delito, porque no hay delitos bastantes, ni siquiera indicios, para imputárselo. Ver esto después de haber estado la semana pasada durante seis u ocho horas en un limbo jurídico resulta extrañísimo”.

Los argumentos que plantea la magistrada, en el auto, son los mismos que contenía el atestado policial que fue remitido en primer lugar a Pedraz y en que este, con la conformidad del Ministerio Fiscal, consideró insuficientes para apreciar indicios de delitos contra el Estado.

“El día 25 acudieron al lugar de la convocatoria los manifestantes, los cuales se encontraron con que la policía estaba allí para proteger el normar desarrollo de la sesión plenaria que se estaba desarrollando en el Congreso”, indica el auto. “La policía había puesto vallas de seguridad con dicha finalidad. A lo largo de la concentración se produjeron incidentes ocasionados porque algunos de los asistentes intentaron rebasar el perímetro de seguridad establecido en el Congreso de los Diputados, así como impedir a Sus señorías abandonar el hemiciclo; lanzaron objetos a los funcionarios de Policía que allí estaban, produjeron agresiones, intentando también los manifestantes saltar las vallas de protección”.

La juez asegura que los manifestantes pretendían “una ruptura con el régimen vigente mediante la dimisión del Gobierno en pleno, la disolución de las Cortes y de la Jefatura del Estado, abolición de la actual Constitución e iniciar el proceso de constitución de un nuevo sistema de organización política, económica y social”.

Ahora, sin perjuicio de lo que pueda ocurrir con los recursos, la juez de Madrid tendrá que enviar copia de las actuaciones al juzgado de Pedraz para que sea este el que decida si asume el caso o no, aunque lo más probable es que no lo haga dado su pronunciamiento del pasado jueves. En ese caso, la magistrada madrileña deberá plantear una cuestión de competencia ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que decidirá qué juzgado es el competente.

La decisión del juzgado de Instrucción 8 de Madrid ha causado sorpresa en la Audiencia Nacional porque este tribunal ya se había pronunciado sobre el tema. La juez toma la decisión conjunta para los 34 a pesar de que había abierto pieza separada de cada uno de ellos para investigar sus conductas individuales. Entre los enviados a la Audiencia también está la persona detenida en un bar de Atocha por lanzar supuestamente un vaso a un policía, un incidente que se produjo a kilómetro y medio del Congreso.

Las dos magistradas de los juzgados 12 y 26- que investigan los supuestos delitos de los detenidos en las manifestaciones del miércoles (3) y del sábado (2) no han apreciado delitos contra las instituciones del Estado. No han pedido la acumulación de sus cinco casos a los del juzgado número 8 ni han acordado hasta el momento inhibirse a favor de la Audiencia.

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