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La mitad de los extranjeros internos en los CIE en 2011 no fueron expulsados

Casi 6.500 personas fueron encerradas sin que finalmente se pudiera dar curso a la expulsión El Consejo General de la Abogacía y los grupos parlamentarios se plantean si la medida se está usando de forma correcta

Mónica Ceberio Belaza
Patio de hombres de las instalaciones del CIE de Aluche, en Madrid.
Patio de hombres de las instalaciones del CIE de Aluche, en Madrid.

De las 13.241 personas sin papeles que fueron confinadas en 2011 en alguno de los nueve Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) que hay en España, solo 6.825 (el 51,5%) llegaron a ser finalmente expulsadas. Por lo tanto, casi 6.500 fueron privadas de libertad sin que la repatriación llegara a materializarse. El dato lo ha ofrecido hoy el portavoz popular en la Comisión de Interior del Congreso, Conrado Escobar, en unas jornadas sobre el futuro de los CIE organizadas por el Consejo General de la Abogacía Española.

El internamiento de sin papeles no es un castigo, sino una medida cautelar para garantizar la expulsión en los casos en los que esta sea la sanción adecuada y necesaria —la mera estancia irregular se castiga en principio, y según la doctrina del Tribunal Supremo, con multa—. Y solo debe decretarse, según se señala desde el Consejo General de la Abogacía Española, cuando hay garantías de que la repatriación se podrá llevar a cabo.

El comisario general de Extranjería, Emilio Baos, ha explicado que el problema para proceder a la expulsión tiene que ver, sobre todo, con la falta de documentación. “Para que se pueda organizar el retorno de alguien es necesario que esté reconocido como nacional por parte de las autoridades del país correspondiente, y muchas veces eso no es tan sencillo”. Ante una persona sin pasaporte, primero hay que investigar de dónde procede y lograr que algún Estado o bien la documente o emita una autorización de entrada en el país —lo que se conoce como laissez passer—.

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Los trámites son complejos y llevan su tiempo, y el hecho de que casi la mitad de los internos en los CIE no lleguen a ser expulsados no tiene que ver con la falta de diligencia de las autoridades sino más bien, o al menos así lo consideran las ONG y el Consejo General de la Abogacía, con que se trata de personas que, en su mayoría, no debieron ser privadas de libertad —la medida más grave— sin garantías de que pudieran ser expulsadas.

“Es necesario que los jueces examinen con detalle las posibilidades de que, en la práctica, la repatriación sea viable”, opinaba Aitor Esteban, portavoz del grupo parlamentario vasco en la Comisión de Interior del Congreso. “El internamiento debe ser una medida excepcional”, coincidió el portavoz del grupo parlamentario catalán, Antoni Picó i Azanza. “Si el 50% de los internos no son expulsados, tenemos un problema”.

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Ahora que Interior ultima un reglamento que regulará el funcionamiento de los CIE, cobra especial relevancia la cuestión de en qué casos es necesario y proporcional recurrir al internamiento forzoso. Este punto no estará recogido de forma detallada en la norma, que se limitará a regular el funcionamiento y régimen interno de los centros, pero desde la Secretaría de Estado de Seguridad se asegura que es una prioridad establecer con claridad los requisitos de ingreso en el CIE, y que la policía tendrá órdenes de que solo se pida el internamiento de aquellos que cumplan las condiciones para ser efectivamente expulsados.

El informe presentado ayer por el Consejo General de la Abogacía Española también hacía referencia a esta cuestión. “El internamiento es el último medio a disposición de los Estados miembros, según la directiva europea de 2008 sobre el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular”, explicó Pascual Aguelo, presidente de la subcomisión de Extranjería del Consejo. “Solo puede obedecer al fin de preparar el retorno o llevar a cabo el proceso de expulsión. Y la desaparición de la perspectiva razonable de expulsión implica la pérdida de justificación de la medida”. El Consejo de la Abogacía considera que España no ha incorporado debidamente esta directiva europea al derecho interno y que esta carencia ha supuesto una desprotección para los extranjeros internados.

El incremento de extranjeros que entran de forma irregular por Ceuta y Melilla ha contribuido a acrecentar el problema. Como los CETI (Centros de Estancia Temporal que no conllevan privación de libertad) de las dos ciudades autónomas se saturan, la solución de las autoridades ha sido trasladar a estos extranjeros a los CIE de la Península, muchas veces sin verificar antes si se daban las condiciones para que pudieran ser efectivamente expulsados. Se ha venido haciendo, en realidad, para no dejarlos directamente en libertad en la Península, por temor a un posible efecto llamada.

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Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

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