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Tribuna
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Respetar las reglas de juego

Ejercer nuestros legítimos derechos con sensatez y evitando que entren en colisión con los de otros

Manifestarse, expresar colectivamente actitudes de rechazo o de apoyo, supone la materialización de uno de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos por la Constitución, configurándose como un elemento vertebrador de todo sistema democrático. No es, sin embargo, de un derecho ilimitado, requiriendo su ejercicio de un imprescindible equilibrio entre los ciudadanos que desean manifestarse ocupando el espacio público de manera temporal, y los también ciudadanos que pretenden disfrutar de ese mismo espacio para pasear, acceder a un comercio, trasladarse a su trabajo o circular en vehículo público o privado.

Precisamente por ello, la propia Constitución en su artículo 21, y la normativa reguladora del derecho de reunión y de una de sus expresiones más significativas, como es la manifestación, establecen una serie de limitaciones. Entre ellas, que este derecho se ejerza pacíficamente, así como la obligación de comunicar previamente a la autoridad tanto las reuniones que se vayan a celebrar en lugares de tránsito público como las manifestaciones, lo que permite efectuar las necesarias previsiones para minimizar su incidencia en la vida cotidiana de la ciudad. La notificación previa, además de conciliar el derecho de reunión y los derechos e intereses legítimos ajenos, como el derecho a desplazarse libremente y sin cortapisas, también sirve a la defensa del orden y la prevención del delito. Es obligación de la Delegación del Gobierno, desde luego, salvaguardar el derecho de los ciudadanos a manifestarse, pero es obligación de esos ciudadanos, por su parte, ejercer tal derecho de acuerdo con las leyes y, consecuentemente, sin producir alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes.

Derechos y deberes. Deberes y derechos. Del necesario equilibrio entre ambos depende en gran medida la convivencia, que cuando se ve distorsionada precisa de la intervención policial a fin de restablecer el orden público que la sociedad necesita para su adecuado funcionamiento en todos los ámbitos. En este sentido, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad desempeñan una labor esencial para garantizar el normal desarrollo de la vida ciudadana, impidiendo que las manifestaciones, que deben ser pacíficas, deriven en conflictos de los que puedan resultar graves daños y alteración del orden público.

La adecuación de los medios a los fines, la proporcionalidad de las actuaciones y la garantía de los derechos ciudadanos, son principios esenciales que tienen que guiar las actuaciones de la policía en el proceso de restablecimiento de la normalidad ciudadana. Una policía, no lo olvidemos, cuyos miembros son indudablemente sujetos de especiales obligaciones en lo que se refiere a su relación con los ciudadanos, sobre todo en caso de conflicto, pero que también son sujetos de derechos como personas y como servidores públicos, que frecuentemente se ven vulnerados con ocasión de determinadas manifestaciones.

En definitiva, no sobrepasar las líneas rojas configuradas por las reglas de juego que libremente nos hemos dado a través de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y ejercer nuestros legítimos derechos con especial sensatez y evitando que entren en colisión con los de otros ciudadanos, son requisitos imprescindibles para evitar que se generen conflictos de orden público de compleja resolución, y de los que pueden derivarse daños para terceros.

Cristina Cifuentes es delegada del Gobierno en Madrid

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