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UN JUEZ ANTE LA JUSTICIA

Un juez del Gürtel abre un tercer proceso a Garzón por el mismo delito de Camps

Marchena imputa un cohecho impropio a Garzón por el caso de los patrocinios de Nueva York

Baltasar Garzón, ayer en un acto en Quito.
Baltasar Garzón, ayer en un acto en Quito.Dolores Ochoa (AP)

Ni un respiro entre juicio y juicio. El juez instructor de la Sala Penal del Tribunal Supremo Manuel Marchena, que lleva dos años investigando el patrimonio del juez Baltasar Garzón aprovechó el inicio del fin de semana entre el juicio por las escuchas Gürtel y el de la investigación del franquismo para dejar caer la tercera imputación formal a Garzón, y por la que previsiblemente se le abrirá un nuevo juicio. Se trata de un supuesto cohecho impropio, que conlleva una pena de multa, relacionado con los dos cursos jurídicos que el juez impartió como docente invitado por la Universidad de Nueva York en 2004 y 2005. Marchena forma parte del tribunal que está deliberando la sentencia contra Garzón por las escuchas Gürtel y le ha imputado el mismo delito del que acaba de ser absuelto el expresidente de la comunidad valenciana Francisco Camps, a quien en su día investigó Garzón.

El auto de Marchena no solo arremete contra Garzón, sino muy especialmente contra la Universidad de Nueva York (NYU), de cuya “rutina contable” formaba parte “la ocultación de importantes cantidades de dinero” y hasta contra las principales empresas y bancos españoles —desde el Banco Santander y BBVA hasta Telefónica, Cespa o Endesa— por “no fiscalizar” los fondos entregados para los cursos de la NYU.

Marchena deja en una nebulosa la cuantía que se habría embolsado Garzón pero dice que al no coincidir las cuentas de los informes bancarios (que no están en su totalidad incorporados a la causa y se cifran en poco más de 40.000 dólares) con lo que certifican la NYU y declara Garzón, en torno a los 160.000 dólares, la explicación no puede ser otra que “la existencia de cuentas en el extranjero que no han sido identificadas, o el abono de cantidades en metálico o a través de personas o sociedades instrumentales”.

Por si acaso, saca relucir una sociedad de la hija de Garzón, denominada Mades Comunicación, de la que es apoderada la esposa del juez. Esa empresa se constituyó en 2010, cinco años después de que Garzón regresase de Nueva York a España, pero Marchena, sin llegar a ninguna consecuencia, dice que los peritos llamaron la atención de un modus operandi “especialmente significativo en aquellos casos en los que en un entorno familiar se crea una empresa de esas características”.

Marchena parte de la premisa de que Garzón era “juez en activo” y lo siguió siendo durante su estancia en Nueva York, pese a que el magistrado obtuvo una licencia del CGPJ por razón de estudios, al objeto de desarrollar “actividades de docencia e investigación” en la NYU. Frente a la argumentación de la defensa y el fiscal, que adujeron que Garzón no ejerció jurisdicción alguna en ese periodo, Marchena deja un auto sembrado de juicios morales: “En la vida administrativa del juez no existen paréntesis artificiales de impunidad”, alecciona.

El instructor del Supremo considera “insostenible” una argumentación contraria a la suya, porque llevarle la contraria supondría “aceptar con naturalidad” que cualquier juez, “mediante sucesivas licencias por razón de estudios, pudiera interrumpir de forma estratégica la vinculación que le ata a su estatuto jurídico”.

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Marchena cimienta su acusación en que los fondos de bancos y empresas españolas fueron entregados a la NYU “en consideración al cargo” de Garzón. El juez ignora otra vez la versión de la defensa “en sintonía” con el fiscal, de que las cantidades, entregadas como aportaciones, fueron gestionadas por la Universidad de Nueva York.

Según el instructor, era Garzón quien se dirigía las principales empresas españolas “con la seguridad de que, precisamente en atención a su cargo, esas cantidades iban a ser entregadas para la financiación de los cursos por él dirigidos”.

Por eso utilizaba “folios impresos en los que figuraba el anagrama de la Universidad de la NYU” que “adquirían un valor adicional si sumaba una indicación que recordara a su interlocutor la condición de autoridad judicial”.

De ahí deduce el instructor el “relevante y decisivo papel” de Garzón en la obtención de fondos, por lo que le atribuye haber asumido “las riendas de la negociación", dejando a la directora de la NYU, Karen Greensberg, que era la que se dirigía a las empresas solicitando oficialmente el patrocinio y cuantificando las cantidades, un “protagonismo derivado”. las cantidades solicitadas

Marchena sostiene después que las cantidades abonadas supusieron un “aprovechamiento para Garzón” y para terceros. Según el auto, las órdenes de pago de bancos y empresas fueron libradas al Centro de Derecho y Seguridad de la Universidad de Nueva York. Eso demostraría que no hubo desvinculación entre el dinero abonado y la remuneración percibida en concepto de nómina por Garzón, porque “los dólares” con los que la “Universidad de Nueva York” pagaba a Garzón no eran “distintos” de los que recibía el “Centro de Derecho y Seguridad” de los bancos y empresas que sufragaron los cursos de la Universidad.

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