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EL ÚLTIMO RECURSO
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

La prueba del nueve de una condena

La prueba del nueve es un sencillo mecanismo de cálculo por el que de niños comprobábamos si el resultado de las operaciones matemáticas, especialmente multiplicaciones y divisiones, era correcto. De ahí que con el tiempo la expresión la prueba del nueve —no entre los jóvenes, que prefieren “la prueba del algodón”, derivada de la publicidad, pero sí entre gente de cierta edad—, se utilice como la verificación inequívoca de algo, aunque no tenga que ver con las matemáticas.

En realidad, la prueba en cuestión, que parece que fue descubierta por el obispo Hippolytos en el siglo III, solo es infalible cuando el resultado es erróneo, mientras que si es correcto no necesariamente la operación está bien. Es decir, que puede haber falsos positivos, lo que no ha impedido que la expresión sea utilizada como la comprobación cierta de las cosas.

Nadie está por encima de la ley, lo que ocurre es que, a veces, cómo se hacen las cosas por debajo deja mucho que desear. O sea, que hay que ver la de cosas que se llegan a hacer bajo ese paraguas llamado ley.

¿Recuerdan a Francisco Javier Urquía, un juez al que el califa de la corrupción de Marbella, Juan Antonio Roca, compró con 73.800 euros, que Urquía utilizó para pagarse una casa, a cambio de varias resoluciones favorables? El Tribunal Superior de Andalucía le condenó a dos años de cárcel y 17 de inhabilitación de su cargo de juez por cohecho (soborno) y prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta). Sin embargo, el Tribunal Supremo le absolvió de la prevaricación, porque entendió que las resoluciones que dictó, aunque compradas, no habían sido manifiestamente injustas, y reajustó toda su condena a 21 meses de suspensión de su empleo de magistrado por el cohecho, permitiendo que ahora pueda volver a ejercer.

Un trato ligeramente diferente del que le espera a Garzón, el juez de la Audiencia Nacional que tiene tres procesos abiertos por prevaricación ante el Tribunal Supremo y que, curiosamente, en todos ellos el fiscal, defensor de la legalidad, sostiene que no ha habido delito alguno.

Mañana se sienta en el banquillo por haber ordenado las escuchas en los locutorios de la prisión entre los acusados de la trama de corrupción Gürtel —esa red de obtención de contratos a dedo a cambio de trajes y otras prebendas que afecta a varias autonomías gobernadas por el PP— y sus abogados, con la finalidad de prevenir un delito de blanqueo de dinero. Un mensaje bien edificante desde las instituciones para los corruptos, que puedan presenciar cómo se juzga al juez antes que a ellos, y además siendo ellos mismos la acusación.

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En muchos casos de corrupción o de tráfico de drogas los acusados dan instrucciones por medio de sus letrados para evitar que les confisquen los fondos de sus actividades ilícitas y puedan colocarlos en paraísos fiscales. El artículo 51.2 de la Ley General Penitenciaria permite la intervención de las conversaciones entre internos y abogados “por orden de la autoridad judicial y en supuestos de terrorismo”. Inicialmente esta norma permitía a los directores de prisiones acordar las escuchas, aunque tras invalidar el Constitucional ese razonamiento en el caso del abogado de etarras Txemi Gorostiza el precepto se interpretó en el sentido de que solo podía realizarse en casos de terrorismo y por orden de un juez.

Muchos jueces han ordenado escuchas que luego fueron declaradas ilegales sin que por ello hayan sido condenados por prevaricación. En el caso de la Gürtel, la medida fue pedida por la policía y dos fiscales Anticorrupción, y luego, tras ser adoptada por Garzón, fue prorrogada por otro juez. Ninguno de ellos ha sido molestado, solo el juez de la Audiencia Nacional figura como acusado.

Y luego le esperan los casos de los crímenes del franquismo y los fondos por los cursos de Nueva York. Casi nada.

¿Saben cuál es la prueba del nueve de que Garzón será condenado y apartado de la carrera judicial? Pues que el Supremo ha dictaminado que el sumario del caso Gürtel tiene que volver a la Audiencia Nacional. ¿Saben adónde? Sí, precisamente al juzgado de Garzón para que se concluya la instrucción. Pero Garzón está suspendido en sus funciones de juez y le ha sustituido otro compañero, por lo que el magistrado jienense solo volvería a retomar la investigación del caso Gürtel si fuera absuelto.

Ahora que el PP está en el Gobierno y con mayoría de conservadores en el Supremo, ¿cree usted que la Sala Segunda hubiera devuelto la causa de la Gürtel al juzgado de Garzón si este fuera a ser absuelto?

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