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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

¿Hay que oír la realidad social?

En aplicación de la filosofía que se desparrama por la sentencia, un simple silogismo podría llevar a una escalofriante conclusión: ETA ideó la apuesta electoral del pasado 22-M

Existe en Euskadi una profusa jurisprudencia popular de sucesivas interpretaciones políticas cada vez que la justicia fiscaliza los pasos supuestamente punitivos de la izquierda abertzale ilegalizada. Responden, sin duda, a una instintiva reacción de sobreponer la aplicación de la denominada realidad social a la propia ley.

En esencia, se vendría a decir: los jueces no deberían haber condenado en Bateragune a quienes se han encargado de predicar que el tiempo de ETA se ha acabado y que la independencia solo se defenderá a partir de ahora con la palabra.

Sobre este escenario, donde la ideología y el pragmatismo se imponen al Código Penal y a la historia, resulta fácilmente comprensible que hayan surgido de inmediato indignadas voces mayoritarias que expresan su desazón por el golpe bajo que la sentencia condenatoria de Bateragune inflige, sobremanera, a la consolidación de una esperanzadora realidad de ausencia de violencia.

Por el contrario, este fallo, al que se otorga una lógica traslación a la suerte inmediata que puede deparar la intrincada legalización de Sortu, alimenta judicialmente las tesis políticas de quienes siempre han entendido como una mera estratagema para su supervivencia la reciente catarsis de Batasuna. Una creencia alimentada fatalmente, de un lado, por la sombra alargada de una diezmada banda terrorista que se resiste a tutelar este proceso hacia la paz y, de otro, por cuantos son incapaces de exigir su disolución para así acrisolar su apuesta política.

Pero, en su esencia, la condena de Bateragune llega a cuestionar peligrosamente la teoría manejada por el Tribunal Constitucional cuando, dividido eso sí, admitió a Bildu. Y es que muy por encima del reconocimiento al derecho a la concurrencia electoral que entonces se dijo el fallo de la Audiencia Nacional ilegaliza ahora la poderosa razón con la que la coalición abertzale abrazaba su petición: “Criticamos la violencia venga de donde venga y sólo queremos hacer política”.

En cuestiones de tan hondo calado, sería aconsejable evitar los circunloquios. Es por ello necesario admitir que Bildu no es otra cosa que una consecuencia inmediata del plan estratégico que emana de la reflexión de Bateragune. Por ello, en aplicación de la filosofía que se desparrama por la sentencia, un simple silogismo podría llevar a una escalofriante conclusión: ETA ideó la apuesta electoral del pasado 22-M.

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¿Y ahora, qué? Pendientes del obvio recurso al Supremo, la controlada acción política de Bildu va a evitar reacciones ultramontanas a las que su entorno acostumbraba cada vez que la Justicia castigaba sus aspiraciones para así exhibir que se asiste a un nuevo tiempo. Y como ejemplo sirva el significativo tuit de Arnaldo Otegi desde la cárcel. Pero, sobre todo, la sentencia dinamizará las opciones electorales de la izquierda abertzale para el 20-N al alimentar el victimismo que siempre le ha aportado réditos. La realidad social, vaya.

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