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La Audiencia de Sevilla permite a la juez acceder a las actas del Gobierno andaluz

La Audiencia de Sevilla subraya que lo secreto y reservado son las deliberaciones y los informes del Consejo de Gobierno La juez que investiga los ERE podrá escudriñar las actas en busca de pruebas de actuación fraudulenta

Javier Martín-Arroyo

La Audiencia de Sevilla ha determinado que las actas de los consejos de Gobierno andaluz no son secretas, en un auto en el que rechaza los recursos de la Junta contra la petición de la juez que investiga los ERE fraudulentos de que se le entregasen las actas de dichas reuniones del Ejecutivo desde 2001. La Audiencia subraya que lo que son secretos, según la ley de Gobierno de la Junta, son los documentos que se presentan al Consejo de Gobierno son "reservados" y que las deliberaciones en su seno son "secretas", pero no las actas que se levantan de dichas reuniones. Y son las actas, añade, "lo único reclamado por la instructora"

El auto de la Sección Séptima de la Audiencia desestima así los recursos planteados por los letrados de la Junta contra las sucesivas peticiones que le trasladó la juez de Instrucción 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, para que se le remitieran las actas de los consejos de Gobierno.

La Junta de Andalucía argumentó que dichas actas eran material reservado y las deliberaciones del Gobierno secretas, por lo que planteó ante la juez un conflicto de jurisdicción, tras lo que la magistrada dejó su tramitación en suspenso, "por coherencia procesal", hasta que se resolvieran los recursos planteados ante la Audiencia.

Pero la Audiencia argumenta: "Leídos los artículos 30.3 y 30.1 de la ley 2/2006 de 24 de octubre del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se comprueba que lo declarado por ley reservado son los documentos y lo declarado secreto son las deliberaciones, nada de lo cual han de aparecer, según se desprende del artículo 30.3 en las actas, que son lo único reclamado por la juez".

La Sección Séptima que lo único que pretende la juez es comprobar si desde los organismos de la Junta se prescindió en el caso de los ERE del procedimiento administrativo y depurar posibles responsabilidades por acción u omisión de quienes dirigían esos organismos. Por tanto, la diligencia de la juez Ayala no es "ni arbitraria ni caprichosa".

El auto niega que la intención de la juez Ayala vulnere el artículo 31 de la ley de Gobierno ni haga inoperativa la dispensa de declarar que establece la ley de Enjuiciamiento Criminal. A su entender, un documento obtenido legalmente es muy diferente de un testimonio y, además, alega que nada impediría a un testigo, "si se viera en la tesitura de vulnerar su deber de secreto pueda acojerse" a la citada dispensa de declarar.

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En un auto notificado a principios de mayo a las partes, la juez acordó no tramitar de momento ante el Tribunal Supremo el conflicto de jurisdicción planteado por la Junta por su negativa a entregar las actas de los consejos de gobierno desde 2001.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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