El nuevo Código Penal sanciona la financiación ilegal con multa
Establece que están prohibidas las donaciones anónimas y las superiores a 100.000 euros
Si el nuevo Código Penal que se tramita en el Senado estuviera aprobado y fuese aplicable al caso Bárcenas, el PP se enfrentaría a una condena por financiación ilegal castigada con una multa del triplo al quíntuplo de la cantidad que ingresó irregularmente en las arcas del partido.
Así se establece en la reforma del Código Penal que el PP espera aprobar definitivamente en el Senado y que introduce por primera vez en democracia el delito de financiación ilegal: “Será castigado con una pena de multa del triplo al quíntuplo de su valor el que reciba donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores con infracción de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos”. Dicho artículo establece que están prohibidas las donaciones anónimas, las superiores a 100.000 euros y las procedentes de contratistas del Estado.
El Partido Popular aprobó una reforma legal en 2013 que permitía imputar una responsabilidad penal a los partidos políticos y a los sindicatos, algo que hasta entonces no era posible. Por esa razón, el juez Pablo Ruz, que instruye el caso Bárcenas, sólo podrá imputar delito fiscal, si finalmente considera que hay indicios suficientes, al administrador del PP en 2008 (Luis Bárcenas) y no a la formación política.
Plantea castigos de uno a cinco años de prisión para aquellos que actúen "al margen de lo establecido"
El nuevo artículo 304 incorporado al Código Penal que se tramita en el Senado plantea castigos de “uno a cinco años de prisión para las personas que participen en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley”.