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El Constitucional no considera parcial al ponente de la consulta

El pleno del tribunal rechaza las recusaciones planteadas por el Parlamento de Cataluña Los diputados también pidieron que el presidente se abstuviera en las votaciones

María Fabra
Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Constitucional.
Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Constitucional.ULY MARTIN

El pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado, por unanimidad, las recusaciones planteadas por el Parlamento de Cataluña contra el presidente de este tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, y el magistrado Pedro González-Trevijano. La cámara había pedido que no participaran en la resolución del recurso contra la ley de consultas, de la que Trevijano es ponente, y el decreto de convocatoria al considerar que les faltaba imparcialidad.

La petición presentada por el Parlamento atribuía ambos “elementos objetivos que acreditan la falta de imparcialidad y de independencia” para resolver el recurso del Gobierno contra la ley de consultas catalana, recurso para el que ha sido nombrado ponente González-Trevijano. En el caso de Pérez de los Cobos, los partidos soberanistas argumentan su militancia en el PP, coincidiendo con su labor ya como magistrado en el Constitucional, al menos entre finales de 2010 y durante 2011.

El pleno del Tribunal Constitucional reunido desde el pasado martes ha estudiado este asunto y ha resuelto rechazar que existan motivos para dudar de la imparcialidad de los magistrados. En ambos casos, el Tribunal considera que las recusaciones son extemporáneas y sostienen que los hechos fueron conocidos por la parte recurrente con antelación y, sin embargo, los escritos no se presentaron, como exige la ley, “tan pronto como se tenga conocimiento de la causa en que se funde” la recusación.

El Parlamento autonómico se personó en el procedimiento el 2 de octubre, y ese mismo día solicitó el levantamiento de la suspensión que pesa sobre los preceptos impugnados de la ley catalana de consultas, pero no hizo mención alguna a sus dudas sobre la imparcialidad de los magistrados. La recusación se formalizó ante el Tribunal días después, el 7 de octubre, sin que en el escrito se aludiera “a circunstancia alguna que hubiera resultado impeditiva para formalizar, antes de esa fecha, la pretensión de recusación”.

Esta es la segunda ocasión en la que el pleno ha de debatir sobre la imparcialidad de Pérez de los Cobos. La primera fue en julio de 2013, cuando la Generalitat de Cataluña intentó que Francisco Pérez de los Cobos no participara en las deliberaciones sobre la declaración de soberanía. También en aquel caso, fue rechazada por unanimidad.

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