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El PP usa una vía rápida para aforar a don Juan Carlos en el plazo de un mes

Incluye la medida como enmienda a una reforma ya en trámite sobre jueces

Soraya Sáenz de Santamaría, este viernes tras el Consejo de Ministros.
Soraya Sáenz de Santamaría, este viernes tras el Consejo de Ministros.Claudio Alvarez (EL PAÍS)

De todas las fórmulas legales posibles, el Gobierno ha optado por la más rápida y la que menos debate público requiere para otorgar a don Juan Carlos, a doña Sofía, a la reina Leticia y a su hija Leonor, princesa de Asturias un aforamiento especial para que sólo puedan ser juzgados en el Tribunal Supremo por cuestiones relacionadas con su actividad pública o con su vida privada. Ningún cargo goza ahora en España de un aforamiento tan amplio. El presidente del Gobierno, por ejemplo, sólo puede ser juzgado por el Tribunal Supremo por cuestiones civiles vinculadas al ejercicio de su cargo y por cuestiones penales, pero no así por asuntos relacionados con su vida privada.

Para esta reforma exprés, que será aprobada antes de un mes, el Gobierno ha utilizado al grupo parlamentario popular, que ayer presentó en el Congreso una enmienda a una ley en tramitación firmada también por los diputados de UPN y Foro Asturias. El Ejecutivo busca también el apoyo del PSOE aunque los socialistas están estudiando la propuesta y no se han pronunciado.

La enmienda también incluye una disposición transitoria única que establece que los tribunales que hayan iniciado cualquier procedimiento judicial contra algunas de las personas de la Familia Real aforadas deberán suspender su tramitación en cuanto se apruebe la reforma legal y remitir la causa al Tribunal Supremo.

El PP ha elegido para esta medida excepcional a favor de don Juan Carlos el proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. El texto de ese proyecto de ley tiene apenas cuatro páginas donde se detallan los cambios relacionados con el aumento de días libres para asuntos propios o las condiciones de jubilación de los jueces. Como la nueva normativa obliga a modificar a su vez la Ley Orgánica del Poder Judicial, donde se regula el sistema de aforamientos vigente, el PP aprovecha esa circunstancia para introducir otra reforma mínima para incluir al rey saliente entre los aforados, así como a su esposa y a los nuevos reyes.

Esta vía rápida permite no tener que consultar al Consejo General del Poder Judicial o al Consejo de Estado, ni someter el texto al trámite de las enmiendas a la totalidad, ni tener que debatirlo de nuevo en comisión tras la presentación de enmiendas parciales, con lo que los plazos y del debate se rebajan al mínimo.

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El portavoz del grupo popular en el Congreso aseguró ayer que antes de que finalice el mes de julio podría estar en vigor la reforma legal que obligará a que cualquier demanda o querella que se presente contra don Juan Carlos se tramite en el Tribunal Supremo. Los magistrados que trabajan en este organismo son ascendidos a ese cargo a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, cuyos vocales son elegidos a su vez por los partidos políticos.

El próximo lunes se reunirá la ponencia que estudiará la enmienda presentada del PP. El martes se aprobará en comisión y el jueves, si los grupos aceptan alterar el orden del día, se aprobaría en pleno con la mayoría absoluta que tienen los populares. Muchos grupos parlamentarios de la oposición han manifestado ya su rechazo a esta medida excepcional.

UPyD censuró la “gigantesca improvisación” del Gobierno para lograr un aforamiento total y rápido de Juan Carlos de Borbón. ERC aprovechó ayer la polémica para pedir que el Congreso investigue si el monarca saliente ha podido incurrir en algún delito penal. La Izquierda Plural rechazó la iniciativa, criticó que se hiciera “por la puerta de atrás” y anunció que impulsará un debate global sobre aforamientos en España.

Dos personas presentaron hace año y medio sendas demandas de paternidad contra el rey Juan Carlos en juzgados de lo civil de Madrid. Las jueces rechazaron admitir las demandas con el argumento de que “la inviolabilidad que la Constitución concede al Rey implica la imposibilidad no sólo de exigir responsabilidad penal, sino también de dirigir contra el Monarca acciones ante la jurisdicción civil”.

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