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Columna
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Artur Mas sin delito

Ojalá el TSJC desimpute al ‘president’ cuanto antes, no ya por conveniencia política (¡menos mártires!), sino por amor a la ley y horror a la selva

Xavier Vidal-Folch

Que Artur Mas incurrió en desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) al no paralizar la convocatoria seudorreferendaria del 9-N de 2014 lo sabe todo el mundo ¿menos él? Que lo hizo con argucias filibusteras, desleales y burlescas, lo constata hasta el más pícaro.

¿Y? Y que esa realidad no mata el asunto. Desobedecer la resolución de un tribunal no es necesariamente delito. Puede ser también irregularidad, o desconocimiento, o descuido, o falta...

La convocatoria ilegal de referendos o consultas populares por quien no es competente para ello fue criminalizada en 2003. Y despenalizada en 2005. O sea, que la voluntad, vigente, del legislador está clara. Esa ilegalidad no es penal.

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De lo que le acusa la fiscalía —y por lo que le interrogará el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, TSJC— es de desobedecer (artículo 410 del Código Penal) al TC cuando este dictaminó la ilegalidad de la convocatoria. O sea, de no desconvocar lo que había convocado. Y de ese delito colgarían los demás del caso.

Pero para que haya desobediencia penal debe mediar un “requerimiento previo, directo e individualizado” a cumplir la resolución incumplida (auto 37 del TSJC, 14/3/2014, y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, TS, que cita). El TC no le requirió a ello, contra lo que le pedía el Gobierno de Rajoy, al rebelarse santamente contra la función de klinex que este le atribuía. Y ese detalle es capital.

Claro que otras sentencias, aunque más antiguas (como la 1095 de 6/11/2009), no exigen ese requerimiento formal para que haya delito. ¿Cuáles valen más? Puede alegarse el clásico principio del Derecho Penal: in dubio, pro-reo. En caso de duda, escójase la interpretación más favorable al acusado. Se alegará que como la desobediencia era tan manifiesta y desafiante, el formalismo del requerimiento debería decaer. Pero esa rama del Derecho, la penal, es muy garantista, no admite analogía, es rigurosa con las pruebas y restrictiva en su aplicación.

Ojalá el TSJC desimpute a Mas cuanto antes, no ya por conveniencia política (¡menos mártires!), sino por amor a la ley y horror a la selva. Aplíquese el cuento también ese Gobierno que tanto se atiborra la boca de legalidad. Que la ley beneficie incluso a quien pretende destruirla es la grandeza y fortaleza de la democracia.

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