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Más información y garantías para los hipotecados en la UE

El Parlamento Europeo aprobará en el pleno del 7 al 10 de octubre una directiva que impone transparencia a las entidades financieras

"Los compradores de una vivienda estarán mejor asesorados sobre los costes y las consecuencias de asumir una hipoteca y más protegidos en caso de impago, según la nueva directiva sobre hipotecas respaldada hoy por el Parlamento Europeo", según la nota de prensa que remite la institución comunitaria en el debate celebrado esta mañana.

El pleno ha votado a mano alzada y por unanimidad la directiva que se aplicará a los contratos de crédito garantizados por una hipoteca o por otra garantía comparable y también para los contratos de compra o relacionados con derechos de propiedad sobre fincas o edificios. Aunque las nuevas reglas tendrán que adaptarse a cada estado, la información al consumidor adoptará un formato homogéneo en toda la UE.

Falta el voto final de la legislación, pendiente de que Parlamento y Consejo acuerden cómo supervisar la trasposición de estas normas por los Estados miembros. Una vez aprobadas, los Estados miembros tendrían un plazo de dos años para adaptarlas.

La información al consumidor adoptará un formato homogéneo en toda la UE

"Esta normativa sitúa a la UE en la vanguardia de la legislación hipotecaria mundial, establece un marco robusto para un mercado más transparente y profesional, seguro y competitivo, con un alto nivel de protección a los consumidores y de inclusión financiera.  La primera respuesta en caso de problemas no puede ser la ejecución hipotecaria. Los recargos por impago deben limitarse a compensar los costes causados y solo se autorizarán cuando los Estados miembros establezcan techos a los mismos", ha declarado Antolín Sánchez Presedo, el ponente de esta norma.

La nota destaca:

El consumidor tendrá siete días obligatorios de reflexión antes de decidir firmar la hipoteca u otros tantos para echarse atrás

Siete días de reflexión: El consumidor dispondrá de un periodo obligatorio de reflexión de siete días antes de firmar un contrato hipotecario, o bien otros tantos para retractarse tras la firma, según lo decida cada país.

Antes de firmar cualquier contrato, el consumidor tendrá que recibir, en papel o en formato electrónico, información general clara y comprensible sobre los contratos de crédito para conocer el coste total y las consecuencias financieras a largo plazo. Igualmente, los bancos o intermediarios tendrán que ofrecer al consumidor información personalizada para comparar los créditos disponibles en el mercado y tomar una decisión fundada sobre la conveniencia de suscribir la hipoteca.

Demoras y desahucios: La ley exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago, impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes, impondrá el deber de buscar el mejor precio por la venta de la propiedad en las ejecuciones y exigirá a los países de la UE que faciliten el pago, protegiendo a los consumidores y evitando el sobreendeudamiento a largo plazo.

No a los préstamos irresponsables: Las entidades vendedoras de hipotecas tendrán que ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales para asegurarse de que cumplen requisitos profesionales estrictos.

Se prohibirán la ofertas condicionadas a la compra de seguros y otros productos financieros de un proveedor especificado

Por otro lado, se reforzarán los criterios de evaluación de la solvencia del comprador, con lo que se busca frenar la concesión de hipotecas a personas que no puedan pagarlas.

Paquetes financieros: La legislación prohibirá a los prestamistas hacer ofertas de crédito condicionadas a la compra de seguros y otros productos financieros de un proveedor especificado. La prohibición de productos vinculados facilitará a los consumidores el cambio de proveedor. Por otra parte, productos como una póliza de seguro, si se compran en otro lugar, tendrían que tener el mismo nivel de garantía exigido por el prestamista.

Flexibilidad para amortizar deuda: La nueva legislación introducirá reglas de flexibilidad en el pago, como un derecho del prestatario para pagar el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria tendrá, por su parte, derecho a recibir una compensación justa por los costes de ese reembolso anticipado, pero no podrá imponer multas adicionales para desincentivar esa amortización.

Préstamos en moneda extranjera: El Parlamento Europeo ha introducido temas no cubiertos en la propuesta inicial de la Comisión, como la imposición de condiciones estrictas para los préstamos en moneda extranjera (el consumidor tendrá que ser informado de que las cantidades pendientes de pago podrían aumentar) y con tipos de interés variable y la obligación de presentar una tasación independiente de la propiedad.

Una mera cuestión técnica

Inmaculada de la Vega

Tras tres años de trabajo y 87 reuniones con otros tantos agentes sociales, políticos y económicos concernidos, se ha aprobado en el Parlamento Europeo la directiva en defensa de los hipotecados. Y se ha hecho por unanimidad, a mano alzada y sin alegaciones.

Que se posponga la aprobación definitiva al primer pleno de octubre, entre el 7 y el 10, se ha debido a una mera cuestión técnica, según explica el ponente de la norma, el socialista Antolín Sánchez Presedo. “se trataba de verificar el cumplimiento de la norma de la forma más eficaz y económica y, finalmente, se decidirá que sean los Estados quienes deban comunicar los cambios normativos que han llevado a cabo, en lugar de supervisarlos nosotros. Esto, además, nos permitirá identificar las mejores prácticas”.

Una vez se apruebe y entre en vigor a los 20 días, los Estados tendrán hasta dos años para trasponerla pero, mientras tanto, servirá de faro para los jueces, destaca Sánchez Presedo.

Hay algunos aspectos resaltables como que solo se puedan poner recargos en caso de mora cuando estén justificados los costes.

Además, existirá una ficha europea a entregar al hipotecado. Entre otra información, contendrá, en caso de hipotecas en divisas, escenarios con variaciones del 20% y, si son a tipo de interés variable, las fluctuaciones experimentadas durante los últimos 20 años.

Y para mayor transparencia, no podrá englobarse el precio de un seguro o cualquier otro producto vinculado en la cuota hipotecaria. El cliente deberá conocer el coste exacto y podrá contratarlo con otra entidad.

Atiende también el caso de los prestamistas que no sean entidades financieras: tendrán que someterse a supervisión. Habrá regulación y supervisión comunitaria pero no hay pasaporte: tendrá que estar controlados en el país en que operen.

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