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Los taxistas no podrán llevar chándal o sandalias y deberán tener la ESO

El Ayuntamiento de Madrid endurece los requisitos de apariencia Mantiene una cláusula de la norma anterior que discrimina a los enfermos de sida

Fila de taxis para recoger clientes en la estación de Atocha.
Fila de taxis para recoger clientes en la estación de Atocha.ÁLVARO GARCÍA

La ordenanza municipal de 1980 obligaba a los taxistas a contar con un certificado de buena conducta expedido por el Ayuntamiento y a no haber cometido ningún delito en los dos años previos a pedir la licencia. Tampoco podían tener enfermedades infecto-contagiosas, como el sida (aunque, por entonces, esa prohibición se hizo pensando en la tuberculosis). La nueva norma, que el Gobierno municipal (PP) ha aprobado hoy aunque aún tardará semanas en entrar en vigor, elimina el certificado de buena conducta pero mantiene la discriminación contra los enfermos de sida, heredada de un reglamento de la Comunidad. Además, exige el certificado de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) para las nuevas licencias; en su redacción actual, este requisito es extensible también para todas aquellas que se renueven (es obligatorio hacerlo cada cinco años), pero el Ayuntamiento se ha comprometido a enmendar el texto.

El Ayuntamiento justifica esta exigencia para mantener un nivel mínimo de calidad en la atención a los clientes, y en especial a los turistas extranjeros. En este sentido, incluye además una regulación taxativa sobre la vestimenta de los taxistas. En la anterior ordenanza, se indicaba que los conductores “deberán cuidar su indumentaria en perfecto estado de limpieza, y su aseo personal será correcto; en su relación con el público, guardarán la máxima compostura, corrección”. Respecto al coche, sólo se indicaba que el interior deberá “estar estará revestido de material que pueda limpiarse fácilmente para su conservación en buen estado”.

La nueva ordenanza es mucho más estricta. No solo obliga a los taxistas a “cuidar su aspecto personal y vestir adecuadamente”, sino que además prohíbe expresamente “la utilización de prendas y calzado deportivo y de baño, así como los pantalones cortos, camisetas sin mangas y sandalias”. Les obliga también a usar calcetines. El castigo va desde multas de hasta 300 euros hasta la suspensión de actividad durante un máximo de 15 días.Respecto al coche, obliga a que "la tapicería sea de colores y diseño discreto, uniforme en todos los asientos, sin coloraciones vivas ni motivos añadidos".

Sorpresa de los taxistas

Las dos principales asociaciones del sector coinciden con el Ayuntamiento en la necesidad de marcar unas condiciones mínimas en la vestimenta de los taxistas, y exigir el certificado de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) para obtener una licencia. Sin embargo, desconocían que el Gobierno municipal fuera a hacer extensiva esa obligación a todos los conductores, y que los enfermos de sida fueran a ser discriminados.

Julio Moreno, presidente de la Asociación Gremial, que aglutina dos tercios de las licencias, considera que “más del 90% de los taxistas van en condiciones adecuadas, pero en un sector con más de 22.000 profesionales de vez en cuando se dan algunas irregularidades que perjudican a todo el colectivo”. Por eso ve “adecuadas” la normativa: “No se está pidiendo traje, corbata y gorra”. Cree “fundamental” que se exija la ESO a los nuevos taxistas, pero entiende como “problemático” que se extienda, como hace la norma, al resto.

En eso coincide Mariano Sánchez, presidente de la Federación Profesional, que representa a 5.000 taxistas, que ve “oportuno” tanto exigir “una adecuada vestimenta” como “incorporar la ESO”, aunque, en este último caso, solo “como demanda de futuro”.

Otros aspectos ya avanzados de la nueva ordenanza son:

Restricciones ecológicas. Los coches no podrán tener una antigüedad mayor a dos años al empezar a explotar la licencia, ni podrán superar nunca los diez de servicio. Además, sus emisiones contaminantes se limitan a 160 gramos de dióxido de carbono y 80 miligramos de óxidos de nitrógeno por kilómetro. Esta restricción se aplicará progresivamente. A partir de 2014 no se autorizarán nuevos vehículos que las incumplan; a partir de 2015, tampoco se podrán incorporar vehículos usados que lo hagan; a partir de 2020, no podrá circular ninguno que lo haga. Los coches que se vayan sumando recibirán la calificación de ecotaxis, y podrán contar, entre otras ventajas, con paradas exclusivas.

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Anuncios dentro del coche. Se permite colocar publicidad promocional del taxi en el exterior de los vehículos, como hasta ahora, y, por primera vez, anuncios comerciales en el interior, previa autorización municipal individualizada y de carácter anual. En cualquier caso, no se podrá hacer de forma indiscriminada, solo en los soportes homologados. La norma abre la puerta a la colocación de pantallas en el taxi, pero exige que, además de anuncios, se incluya información turística. Se mantiene la prohibición de publicidad comercial en el exterior. La alcaldesa, Ana Botella (PP), ha explicado hoy el motivo: los contratos de publicidad firmados por el Ayuntamiento de Madrid (por ejemplo, para los autobuses municipales), que proporcionan “buenos beneficios”, lo impiden. “En otro momento”, se verá, ha añadido.

Tarifa fija al aeropuerto. Los precios los sigue decidiendo cada año el Ayuntamiento. Pero la norma incluye un nuevo paquete de tarifas fijas para los desplazamientos desde o al aeropuerto, que podrían variar según la zona de la ciudad (aún sin definir). Esto podría extenderse además a “instalaciones deportivas, estaciones de tren o autobuses, recintos feriales, cementerios y otros”. Ahora existe un suplemento de 5,5 euros al aeropuerto y de 3 euros a estaciones de tren o recintos feriales, pero el precio final depende del taxímetro. En cuatro años, además, todos los vehículos deberán poder cobrar con tarjeta de crédito.

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En el caso de los coches requeridos por teléfono, el servicio se considera iniciado al recibirse la petición, y se cobrará al usuario el desplazamiento hasta el lugar en el que se le recoja. Sin embargo, se establecerá un límite máximo, aún sin definir, que variará según la zona de tarifa (A o B).

Hasta nueve plazas. Ahora, los vehículos no pueden superar las cinco plazas. La nueva norma permite hasta nueve plazas, con el cobro de un suplemento (aún sin definir) a partir del quinto ocupante. Como elementos de seguridad, los taxistas podrán colocar mamparas y cámaras de vídeo.

Un máximo de 16 horas. La ordenanza establece un mínimo de siete horas de servicio y deja el máximo en manos del Gobierno local; en principio, se establece en 16 horas, pero podría cambiar en cualquier momento por motivos económicos, de tráfico o medioambientales. Hasta ahora, existía una excepción que elevaba ese límite de 16 a 18 horas para vehículos con dos o más conductores.

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